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Súmate al Voluntariado

¿Qué es el voluntariado?

 

El voluntariado consiste en realizar actividades de interés general, desarrolladas por personas físicas, que contribuyen a mejorar la calidad de vida de las personas y de la sociedad en general y a proteger y conservar el entorno.

El voluntariado es un tipo de participación de carácter solidario y gratuito que interviene en una realidad para mejorarla.

Se trata de una participación organizada porque se realiza a través de una entidad de voluntariado.

Puede ser presencial pero también se desarrolla a través de tecnologías de la información.

Quiero hacer voluntariado...

Cuando se quiere hacer voluntariado hay una serie de cuestiones que conviene aclarar para sacar el mayor partido a la tarea solidaria. Por otro lado, la orientación, asesoramiento y la formación por parte de la entidad serán claves.

 

¡¡¡ Empecemos a pensar en nuestro voluntariado!!!

Los cinco pasos...

Reflexiono y descubro mis razones

Hablo con otras personas voluntarias y beneficiarias, busco información, asisto a jornadas informativas, reviso documentación de carácter general. Me planteo cuál es mi compromiso. Miro alrededor y dentro de mí.

Miro a mi alrededor

Conozco mi entorno, identifico las necesidades de las personas cercanas, pienso en mis prioridades y expectativas, valoro mis capacidades y aptitudes.

Defino mi participación

Decido el tiempo de dedicación, tipo de implicación, la causa en la que quiero intervenir y mi compromiso.

Busco mi ONG

Busco información sobre entidades que se ajustan a mis reflexiones anteriores, concierto entrevistas con la persona responsable de voluntariado, valoramos conjuntamente la incorporación.

Comienzo la tarea solidaria

Realizo la primera entrevista, me acerco a la entidad y a su funcionamiento. Acordamos el horario, las tareas y funciones, las personas de referencia. Tras la entrega de la documentación necesaria se firman dos copias del acuerdo de incorporación y a empezar.

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Entidades de voluntariado en Jerez

Ámbitos del Voluntariado

Las entidades de voluntariado desarrollan actividades de interés general, que respetan los valores, principios y dimensiones identificados anteriormente, en el marco de los siguientes ámbitos:

1 Voluntariado Social

Interviene con las personas y la realidad social con el fin de alcanzar una mejor calidad de vida y una mayor cohesión y justicia social. 

2 Voluntariado Internacional de Cooperación para el Desarrollo

Relativo a la acción humanitaria y la solidaridad internacional. En las situaciones de necesidad humanitaria hay que tener en cuenta lo establecido en el Estatuto de los cooperantes. 

3 Voluntariado Ambiental

Contribuye a proteger, conservar y mejorar el medio ambiente. 

4 Voluntariado Cultural

Promueve y defiende el derecho de acceso a la cultura y la participación en la vida cultural de la comunidad.

5 Voluntariado Deportivo

Contribuye a la cohesión ciudadana y social, apostando por fomentar la dimensión comunitaria de la práctica deportiva. 

6 Voluntariado Educativo

Consiste en la realización de actividades extraescolares y complementarias que contribuyen a compensar las desigualdades entre alumnos por diferencias sociales, personales o económicas. Se valora la utilización, entre otros, de programas de aprendizaje-servicio. 

7 Voluntariado Socio-Sanitario

Combina la promoción de la salud, la prevención de enfermedades, la asistencia sanitaria, la rehabilitación y la atención social. 

8 Voluntariado de Ocio y Tiempo Libre

Fomenta el desarrollo, crecimiento personal y grupal mediante actividades en el ámbito de la educación no formal.

9 Voluntariado Comunitario

Promueve la participación ciudadana con mayor poder de decisión e iniciativa, vertebrando una sociedad solidaria, activa, critica, comprometida y corresponsable. 

10 Voluntariado de Protección Civil

Colabora regularmente en la gestión de las emergencias.

11 Voluntariado Digital

Intenta mejorar las competencias digitales de las personas que no tienen posibilidad de acceder a la tecnología.                                                                                                                                                                                  

Derechos y deberes del Voluntariado

Derechos de las personas voluntarias

 

a) Al respeto a su libertad, dignidad, intimidad, creencias y orientación sexual.

b) A ser tratadas sin discriminación o menoscabo de sus derechos fundamentales.

c) A realizar la actividad en las debidas condiciones de seguridad y salud.

d) A recibir, con cargo a la entidad,  la formación básica, específica para el correcto desarrollo de las actividades que se les asignen.

e) Contar con los recursos materiales necesarios para realizar la actividad voluntaria.

f) Participar en los procesos organizativos y reguladores de la entidad.

g) Tener una póliza de seguro de accidentes y responsabilidad civil adecuada a las características y circunstancias de la actividad desarrollada.

h) Recibir el reembolso de los gastos (previamente autorizados) derivados del desempeño de sus actividades.

i) Recibir la información básica necesaria y el apoyo adecuado para realizar la actividad voluntaria.

j) Recibir información sobre la misión, finalidad y funcionamiento de la entidad, sobre el sentido y desarrollo de la acción voluntaria y sobre el papel e itinerario que tienen dentro de la entidad, así como a disponer de información sobre las actividades, los medios y el apoyo para su correcto cumplimiento.

k) A disponer de una acreditación identificativa de su condición de personas voluntarias en la que conste, además, la entidad de voluntariado en la que participan.

l) A obtener el respeto y reconocimiento por el valor social de su contribución.

m) A solicitar y obtener de las entidades en las que colaboren la acreditación de los servicios prestados y por las competencias, aptitudes y destrezas adquiridas como consecuencia del ejercicio de su labor de voluntariado.

n) A realizar su actividad de acuerdo con el principio de accesibilidad universal para todos, adaptado a la actividad que desarrollen, siempre que existan o puedan habilitarse los medios técnicos y humanos necesarios para ese fin.

ñ) A que sus datos de carácter personal sean tratados y protegidos de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

o) A cesar en su condición de personas voluntarias.

p) A colaborar en la elaboración, ejecución y evaluación de las acciones o proyectos concretos de voluntariado de los que hayan sido partícipes.

q) A elegir libremente la acción o programa en el cual quieren desarrollar su acción de voluntariado, así como el horario o jornada en el que lo desarrollarán, dentro de las posibilidades del programa o actividad.

r) A conocer las normas y reglamentos de régimen interno de la entidad de voluntariado del que formarán parte, así como la ideología, fines y principios de la misma.

s) Cualesquiera otros derechos reconocidos en la presente ley y en el resto del ordenamiento jurídico. 

Deberes de las personas voluntarias

 

a) Cumplir los compromisos adquiridos con las entidades de voluntariado .

b) Guardar la debida confidencialidad respecto de la información.

c) Rechazar cualquier contraprestación económica o material.

d) Actuar de forma diligente, responsable y solidaria.

e) Respetar los derechos de las personas destinatarias de su acción voluntaria.

f) Seguir las instrucciones técnicas que se les señalen por las personas responsables.

g) Utilizar debidamente las acreditaciones y distintivos de la entidad.

h) Respetar y cuidar los recursos materiales que ponga a su disposición la entidad.

i) Cumplir las medidas de seguridad y salud que se adopten.

j) Participar en las tareas formativas previstas por la entidad.

k) Cumplir las normas sobre protección y tratamiento de datos de carácter personal.

l) Aportar la documentación acreditativa de no tener antecedentes en determinados delitos.

m) Conocer y respetar las normas y reglamentos de régimen interno de la entidad, así como la ideología, fines y principios de la misma, y desarrollar la acción de voluntariado de acuerdo con las mismas.

ñ) No utilizar la acción de voluntariado para fines distintos al específicamente determinado para la acción que va a desarrollar.

o) Notificar a la entidad de voluntariado su renuncia con suficiente antelación.

Relación entre voluntariado y las entidades

La relación entre la persona voluntaria y la entidad de voluntariado se establecerá siempre a través de la suscripción de un acuerdo de incorporación, que constituye el instrumento principal de su definición y regulación y que tendrá el contenido mínimo siguiente:

a) Derechos y deberes de ambas partes.

b) Funciones, actividades y tiempo de dedicación que se compromete a realizar la persona voluntaria y la identificación de la persona coordinadora.

c) Régimen de la intervención de las personas trabajadoras o socias.

d) Régimen de gastos reembolsables.

e) Formación que se requiera.

f) Duración del compromiso, así como las causas y forma de desvinculación.

g) Información sobre el seguro para las personas voluntarias.

 

El acuerdo de incorporación debe formalizarse por escrito, en duplicado, e ir acompañado, cuando proceda, de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de la declaración responsable sobre antecedentes penales.

 

Resolución de conflictos

Los conflictos que surjan entre las personas voluntarias y las entidades de voluntariado, en el ejercicio de las actividades propias de voluntariado, se podrán dirimir mediante vía amistosa o a través de la mediación llevada a cabo por una persona profesional, o en caso necesario, por no alcanzar acuerdo a través de este cauce, por vía arbitral, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, si así se ha pactado en el acuerdo de incorporación, o por la jurisdicción competente, de acuerdo con lo establecido en las normas procesales.

 

Desde las Administraciones públicas andaluzas se generarán cauces de carácter público de resolución de conflictos. Asimismo, se promoverá la creación de comisiones de resolución de conflictos dentro de las organizaciones, con una representación paritaria entre personas voluntarias y directivas de la organización, para resolver los conflictos que pudieran surgir.

erechos y deberes de las personas destinatarias

 

1. Las personas destinatarias de la acción voluntaria tienen los siguientes derechos:

  • A decidir libremente si quieren ser beneficiarias, y prescindir o rechazar el servicio mediante comunicación acreditada.
  • Que se garantice la calidad y duración de las actuaciones y a que se ejecute en su entorno más inmediato.
  • Recibir información, formación y orientación suficiente y comprensible de acuerdo con sus condiciones personales, así como colaborar en la evaluación de los programas.
  • Que se garantice su dignidad e intimidad personal y familiar.
  • Solicitar y obtener la intervención de la entidad de voluntariado para la resolución de conflictos con las personas voluntarias.
  • A que sus datos de carácter personal sean tratados y protegidos de acuerdo a la legislación vigente.
  • Solicitar y obtener el cambio de la persona voluntaria asignada, previa solicitud justificada.

  

2. Las personas destinatarias de la acción voluntaria tienen los siguientes deberes:

  • Colaborar con las personas voluntarias y facilitar su labor.
  • No ofrecer satisfacción económica o material alguna a las personas voluntarias o a las entidades.
  • Observar las medidas técnicas y de seguridad y salud que se adopten y seguir las instrucciones que se establezcan.
  • Notificar a la entidad con al menos un mes de antelación su decisión de prescindir de los servicios.
  • Respetar a la persona voluntaria, así como los criterios, normas y reglamentos de funcionamiento internos de la entidad.
  • Proteger los datos de carácter personal de la persona voluntaria, de acuerdo con la legislación.
  • No inferir sobre la persona voluntaria ningún trato degradante ni discriminatorio, así como no verter calificativos que puedan hacer daño a la entidad de voluntariado.
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