Consulta Pública Previa a la Elaboración de la Ordenanza Municipal de Conservación, Estado de Ruina e Informe de Evaluación de los Edificios: Ayuntamiento de Jerez - Página oficial

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Consulta Pública

Consulta Pública Previa A La Elaboración De La Ordenanza Municipal De Conservación, Estado De Ruina Einforme De Evaluación De Los Edificios

(En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

La Ordenanza que se propone tiene por objeto la regulación en el municipio de Jerez de las siguientes materias: El deber legal de conservación y rehabilitación, las situaciones de ruina urbanística y el control periódico de las edificaciones. Con ello se suple la carencia normativa existente y se fijan criterios objetivos y procedimientos rigurosos al amparo de la legislación del Estado en la materia y de la normativa urbanística dictada en la Comunidad Autónoma andaluza.

La iniciativa normativa persigue un interés general como es el cumplimiento por parte de los propietarios de terrenos, construcciones y edificios de los deberes de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público así como el impulso y el fomento de las actuaciones que conducen a la rehabilitación de los edificios y a la regeneración y renovación de los tejidos urbanos existentes. Todo ello permitirá alcanzar una Ciudad más sostenible, más habitable, más compacta y más justa.

Debe añadirse la especial importancia de la exigencia del deber de conservación y rehabilitación en Jerez de la Frontera, en particular en el Conjunto Histórico de la ciudad, cuya despoblación ha provocado el abandono y vandalización de edificios con alto interés patrimonial.

Por consiguiente, hasta el día 23 de julio podrán presentarse cuantas opiniones, sugerencias y aportaciones se estimen oportunas para la redacción de la nueva ordenanza. Dichas sugerencias podrán presentarse a través de la siguiente dirección de correo electrónico (ordenanzaedif@aytojerez.es) y, además, a través de los cauces habituales de presentación previstos en la ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: (www.jerez.es).

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